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Antiguo 24-04-2013, 10:36
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Corsario
 
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Predeterminado Re: Trámites cambio a bandera belga/holandesa

Desde luego no hay quien os entienda.

Cuando por fin sale un “iluminao” de la DGMM y os dice por escrito, textualmente “.....pero no existe una obligación expresa de matricular” y “......que las normas actualmente en vigor no exigen en España la matriculación de las embarcaciones de recreo, sino el pago del impuesto”.
Parece claro que para el Sr. Subdirector General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, en España, como en los países más avanzados no hay obligación de matricular las embarcaciones de recreo.
Y si ya no hay obligación de matricular, y ya no pueden exigir Permiso de Navegación, ni Certificado de Navegabilidad, ni despacho, ni ITB, etc. ¿Para qué queréis matricular en otro país?
Las embarcaciones de recreo serán desde ahora como las bicicletas, la sacas de la tienda y a pedalear, a nadie que resida en España, se le ocurriría matricular la bici en Bélgica ni en Holanda. ¿Para que?
Con el nuevo criterio bastará con dar de baja la embarcación en el Registro de Matriculas y devolver la documentación, ya que no es obligatoria. Si lo han puesto a huevo.

Saludos.
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