Cita:
Originalmente publicado por LSV
Puestos a considerar la "residencia" en un barco extranjero hay que recordar que hay gente viviendo en un barco extranjero en España, siendo extranjeros y que tienen residencia oficial en España porque su dirección fiscal es "Puerto tal, amarre tal, España", osea, el barco reside en España y el que vive dentro vive en un "inmueble" que está en España, independientemente de que la legislación dentro del barco sea española o extranjera.
Así que, supongo, que para ser residente en un país extranjero primero hay que demostrar a ese país que vives en él y que te de un certificado de residencia que puedas mostrar a otros paises
  
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Hola LSV,
En nuestro caso, si el proyecto se materializa, no tenemos en principio la intención de pasar mucho tiempo en el mismo sitio, por lo que la opción de conseguir la residencia en otro país no es el objetivo.
Lo que nos preguntamos es si por el hecho de no residir en España (pasar más de 9-10 meses fuera) durante los próximos 3-4 años, podemos conseguir alguna ventaja fiscal en la compra del barco y los impuestos sobre los redimientos del capital.
Voy teniendo claro que si hay alguna posibilidad, tendremos que descubrirla y desarrollarla con expertos en el tema, para evitar sorpresas desagradables en el futuro.
Un saludo
