Cita:
Originalmente publicado por vertijean
Exacto , tampoco te pueden pedir el material de seguridad , lo que no dispensa de tenerlo , eso y mas a la vista de la traversia que propones.

|
Vertijean, aprovecho para hacer una pregunta, ya que viene al caso.
No pretendo confundir con lo que voy a decir, ya sabemos que esta nueva reglamentación no está todavía asimilada por algunas capitanías y lo que dicen en algunas de ellas aún no está muy claro.
Al grano: Un amigo mío se mueve mucho navegando de una punta a la otra del mediterráneo, un poco por placer y bastante por trabajo. En capitanía de Cadiz le dijeron lo siguiente: Si el barco tiene bandera Belga y navega por aguas Españolas se rige por normativas Belgas por lo tanto el tema de ITB y equipo de seguridad y esas cosas no se meten. Peeeero si tu eres RESIDENTE en España y/o tributas en España, necesitas la titulación que te pida España para gobernar el barco Belga... O sea la bandera Belga te "salva" de los sablazos concernientes a la embarcación (que ya son bastantes) pero no te "salva" de la titulación si eres residente Español.
Esto es así?
