Cita:
" Por lo que lo CY actuales YA tienen esa limitación."
En las atribuciones de CY siempre ha figurado "sin limitación de distancia, potencia, ni eslora".
En la web del gobierno dice así: "Gobierno de embarcaciones de
recreo, a motor o a motor y vela,
sin limitación alguna".
Lo que ha de interpretarse como: sin limitación dentro de las embarcaciones de recreo (menores de 24m) y con las limtaciones que impone la ley para las superiores a 24m.
Tal como dice la web
http://www.capitandeyate.es/ :
Atribuciones del título de Capitán de Yate:
Este título le permitirá el gobierno de cualquier tipo de moto náutica en las zonas delimitadas para ello y el gobierno de embarcaciones sin ningún límite de eslora, potencia de motor o distancia a la costa. Sin embargo, las embarcaciones que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas.
Que como decía Ponent es la contratación de la adecuada tripulación profesional
bajo tu mando, no por dueño sino por Capitán.
Lo que confirma que con las limitaciones específicas se puede gobernar una embarcación mayor de 24m.
