Cita:
Originalmente publicado por Cosmi
Por otra parte, gente con más experiencia que yo siempre me ha comentado que para llevar una embarcación que sobrepase los 24 metros además del CY hay que estar en posesión de una serie de titulaciones que te impone la autoridad competente en función de la embarcación.
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Atribuciones del título de Capitán de Yate:
Este título le permitirá el gobierno de cualquier tipo de moto náutica en las zonas delimitadas para ello y el gobierno de embarcaciones sin ningún límite de eslora, potencia de motor o distancia a la costa. Sin embargo, las embarcaciones que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas.
Que como decía Ponent es la contratación de la adecuada tripulación profesional
bajo tu mando, no por dueño sino por Capitán.