Me parece que son muchas preguntas y que donde mejor están es en un mostrador de una Capitanía Marítima.
Por decirte algo:
- Entiendo que tienes un folio, y el barco está registrado.
- Que sólo tienes un certificado de navegabilidad, sin caducidad o permanente, por ser menor de 6 metros de eslora. Y que está hecho para una zona D1, zonas que ya no están en vigor. Su equivalente sería la actual zona 5, 5 millas desde un abrigo o playa accesible.
- Para estar "legal", además del certificado de navegabilidad, tienes que tener el certificado de registro español/permiso de navegación. Documento que establece las características de la embarcación, número de folio y zona de navegación autorizada, que será la zona 5 para tu embarcación, casi fijo.
Ese documento se debe renovar cada 5 años.
- Además, creo que deberás preguntar a ver si tienes que actualizar tu certificado de navegabilidad, porque haya quedado obsoleto.
Se está diciendo que hay que llevar el material adecuado a la zona de navegación en que estés (siempre que sea menor que tu máxima zona autorizada). A mí, mientras la ley actual siga en vigor, me da que no, pero bueno.
- En mi opinión, el material que debes llevar es lo que te ponga en el certificado de navegabilidad
- Respecto del motor, a mí no me ha tocado, pero se dice que ya no es necesario conseguir el "desacople" y baja del motor fueraborda y alta del nuevo. Pero yo me aseguraría de si tienes que dar de baja al actual, pues constará en el registro.
Todo esto son opiniones.
Pero lo que vale es lo que te digan en Capitanía, de la zona en la que esté matriculado o suelas navegar, pues serán ellos los que resuelvan posibles denuncias sobre este tema...
Así que yo pasaría a preguntar...

