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Antiguo 15-05-2013, 14:00
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Predeterminado Re: BAVARIA - hundimiento sin cobertura de seguro

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Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Cofrade vent los seguros marítimos son de aplicación a los yates también, aquí te pongo un ejemplo de una reconocida compañía de seguros de embarcaciones que lo explica mejor que yo (en inglés)
http://www.pantaenius.com/en/news-ev...orthiness.html

Existen el mercado dos tipos de cláusulas las inglesas y las españolas, en las inglesas se permite al armador valorar su embarcación, mientras que en las españolas es el mercado el que marca esa valoración. En ambas se dan unas garantías implícitas, siendo la navegabilidad la principal de ellas.

Para poder hacer cualquier reclamación, el barco debe ser navegable en todos los aspectos:el patrón de la embarcación debe tener la titulación adecuada, la embarcación debe haber pasado todas las certificaciones requeridas por la ley y debe tener todos los certificados al día incluyendo la distancia a la que está autorizado a navegar.

No cofrade,los seguros marítimos,de naturaleza claramente mercantil, como el de flete, que te he puesto de ejemplo se rigen por nuestro código de comercio,los seguros de una embarcación de recreo,de naturaleza civilísima (excepto en algunas excepciones que no vienen al caso),se rigen por la ley de Contratos de Seguro,de memoria creo que es la 50/80.
Por el hecho de asegurar un barco,no se está frente a un "seguro marítimo"..,por ello al supuesto planteado por el cofrade del Bavaria te vas a regir por la Ley de contrato de seguro,en concreto por el seguro de daños y para nada te vas a remitir al Código de comercio y a los seguros marítimos...
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