Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Básicamente por la responsabilidad contractual al llevar pasjeros, está muy manido ese argumento de si puedo llevar amigos por que no puedo cobrar haciendo lo mismo? La respuesta es por seguridad de los pasajeros
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Esa no es la cuestión.
Un PPER está autorizado a llevar pasajeros que han pagado su plaza o su billete exactamente igual que un patrón de cabotaje y a cobrar por ello. De lo que se habla aquí es del límite de la zona de navegación, que es claramente inferior al de CY.
Y, en cualquier caso, los "amigos" también son pasajeros y su seguridad no es menos importante que la de los que pagan!!!

Y
en cuestiones de responsabilidad no hay ninguna diferencia.
