Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa
Para trabajar profesionalmente, tienes que tener el titulo de Patron Peofesional de embarcaciones de recreo, que se obtiene después de cumplir un examen en Madríd, y varios cursillos.
Lógicamente solo se accede con el titulo de Capitan de Yate, y ese PPER, puede llevar embarcaciones de lista 6ª o 7ª hasta 12 pasajeros (incluido del patrón).
De por si, el Capitan de Yate no puede ejercer en caso alguno como profesional, por tanto ni de marinero.

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Buenas tardes; pienso, que los Capitanes de Yate, para empezar a regularlos (profesionalmente), deberían, una vez obtenido el título, poder sacarse, la LIBRETA DE EMBARQUE (FOLIO), para que vayan anotando, dias de mar (extra) y de esta forma (equipararlos), con una categoría (menor=igual), que en marina civil. Sería un comienzo, pienso, interesante, para todos los titulados.
Saludos
