Pues eso, en el BOE de hoy:
http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/0...5049-45084.pdf
En la exposición de motivos se dice expresamente:
"No obstante, queda expresamente exceptuado del ámbito de aplicación de esta Orden el uso de los títulos deportivos para el ejercicio de otras actividades que, si bien no pueden considerarse propiamente de recreo, si se hallan relacionadas con ella, tales como la realización de excursiones marítimas, transporte de pasajeros, mercancías, pesca no deportiva u otras de similar naturaleza.
El ejercicio de estas actividades con títulos de recreo, para los que se exigirá una formación especializada adicional, se regulará en una posterior norma reglamentaria."
Bueno me voy a navegar, después lo veré más despacio.
