Re: Delito de abandono de tripulación
En teoría las deudas procedentes de salarios de tripulación y tasas de puerto son creditos marítimos que permiten el embargo del buque y su venta judicial para saldarlos.El problema es que España solo puede embargar a buques que sean de un estado parte del convenio CEPB y por lo tanto la mayor parte de las banderas de conveniencia devienen intocable
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