Habéis comentado antes que esta nueva regulación supondrá una inversión para las Escuelas... porque habrán de impartir prácticas de radio con simuladores en tierra...
Yo creo que no. Yo creo que esta regulación no supone para las Escuelas ninguna inversión, sino más bien para los alumnos, que habrán de pagar más horas de prácticas, pues, por ejemplo, en el art. 8 para CY se exige acreditar la realización de:
a) Unas prácticas básicas de seguridad y navegación,
cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas de las
cuales, al menos, 12 horas serán de navegación nocturna
y que se realizarán en una embarcación de una Escuela,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.
b) Las practicas reglamentarias de radiocomunicaciones,
cuya duración no podrá ser inferior a 8 horas, que
se realizarán en tierra, en un simulador homologado de
una Escuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.
La realización de estas prácticas se podrá efectuar en
conjunción con las del apartado a), por lo que de escogerse
esta modalidad, las prácticas en total no podrán ser
inferiores a 56 horas.
O lo que yo entiendo que es lo mismo: que las prácticas de radio las podrás hacer en el mismo barco que haces las prácticas de navegación...
O lo que es mas lo mismo: que será como antes... pero más horas.
Otra cosa es el espíritu de la ley... pero l'esprit de lois ya sabemos lo que es.

Si estoy equivocado, corregidme, sin pasarme por la quilla que ya os he anticipado unas rondas.