Discusión: legalización radio
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Antiguo 06-06-2013, 11:42
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Islanautica Islanautica esta desconectado
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Predeterminado Respuesta: Re: Respuesta: Re: legalización radio

Cita:
Originalmente publicado por GNA1950 Ver mensaje
Si que hay mas, hay una una nota informativa que lo aclara y que ya he colgado. "Te sugiero su lectura para que sepas realmente que hay y que no hay que registrar", así por ejemplo un equipo VHF fijo sin técnicas LSD ni tienes que solicitar autorización ni instalación.

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...t=77617&page=3

Saludos

Guillermo
Cita:
Originalmente publicado por GNA1950 Ver mensaje
Primero te tranquilizas y no grites, y segundo también se quién eres, solo te voy hacer un copia y pego del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre que es el que se comenta en la nota informativa y que es la ley actual en vigor

«1. Todos los equipos radioeléctricos que se instalen en los buques españoles deberán ser registrados por la Administración marítima y, con excepción de las embarcaciones de recreo, en las que únicamente será obligatoria su notificación, precisan de autorización previa para su instalación a bordo.

Las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros no estarán obligadas a notificar la instalación de ningún equipo a no ser que dispongan de la Licencia de Estación de Barco


Esto quiere decir que:

1º.- Todos los buques deberán registrar sus equipos solicitando previamente su instalación, menos los de recreo que ya no es necesario la previa solicitud de instalación, basta con su notificación (certificado de idoneidad), donde se certifica la introducción del MMSI y el cumplimento de lo dispuesto en diversas leyes.

2º.- Las embarcaciones de recreo inferiores a 12 metros de eslora no estarán obligadas a NOTIFICAR ningún equipo a no ser que estos requieran el LEB, las cuales se notifican presentado el CERTIFICADO DE IDONEIDAD.

Como en este HILO se debate sobre la necesidad de tener que notificar un portátil y fijas VHF sin técnicas LSD no necesitando ninguna de las dos LEB, no son necesaria su notificación a no ser que supere los 12 metros.

Dada tu aptitud permíteme que termine aquí mi debate contigo.

Saludos y que tengas un buen día

Guillermo
Estoy muy tranquilo y no grito (eso es en mayúsculas), simplemente te resalto para que leas y entiendas, el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre ha sido aclarado por la nota que has colgado, mientras sigas sin diferenciar los equipos obligatorios de los voluntarios seguirás equivocado y confundiendo al personal, simplemente he intentado que tú sepas lo que hay que registrar, a ver si eres capaz de pasar una embarcación de zona 6 a 5 sin registrar un VHF.

Ya tengo un buen día

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Editado por Islanautica en 06-06-2013 a las 12:27.
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Neska (06-06-2013)