[quote=Atzar;1478703]


Hola a todos. Estoy siguiendo con mucho interés este hilo ya que estoy valorando el cambio de bandera y en él he encontrado mucha información de gran utilidad


Aunque es posible que me haya pasado por alto ya que el hilo es muy largo


hay una cuestión que no acabo de comprender:

El primer paso del proceso es la baja de bandera española
por exportación pero en realidad el barco ni sale de aguas españolas ni soy residente fuera de España, con lo cual "me parece" que la exportación no se ha materializado.
No sé porque le llaman "exportación". Que yo sepa, exportación es vender un bien a un país extracomunitario desde un país de la CE.
Ejemplos:
- Soy un operador de impotación-exportación de frutas y vendo 2 Tm de uvas italianas a una empresa marroquí : es exportación. Las uvas pueden salir por cualquier frontera europea.
- Vendo vino albariño en Japón : es exportación.
- Vendo mi barco español a un belga o un portugués: no es exportación, es simplemente una compra-venta entre particulares.
Creo que es así.
Pienso que en la DGMM deberían utilizar otra palabra que se ajustase más a la realidad actual de España como intragrante de la CE.