Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?
La pregunta de Iñaki que dice,
¿Por qué un PPER no puede -bajo pabellón español únicamente- navegar comercialmente por una zona ilimitada como el del OYM-CE o limitada a esas 150 Nm del Off Shore YM-CE, por ejemplo?,
Puede tener varias respuestas y a mi se me ocurren dos,
Una porque España forma parte de la OMI y con 24 metros hay que regularse por lo que diga la Organización y la otra razón es que existen los Patrones de Altura o de litoral que pueden llevar hasta 350 pasajeros a 60 millas de la costa sin límites de eslora. Me puedo Imagínar la cara que les quedarían a estos si los PPER empiezan a poder despachar los catamaranes, golondrinas o goletas a mas de 60 millas o mas de 11 pasajeros.
Supongo, por sentido común, que si alguien aumentara algún día las 60 millas serían los de FP antes que los PPER.
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