Discusión: Abogado o asesor
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Antiguo 13-06-2013, 23:12
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Predeterminado Re: Abogado o asesor

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Originalmente publicado por poliyol Ver mensaje
Gracias por la sugerencia

Resumido el problema sería este: Vivo de alquiler en un velero amarrado en Port Vell y desde hace 1 año y medio aproximadamente la Marina nos dice que tenemos que marcharnos porque se está haciendo una nueva Marina de lujo privada, para megayates, aunque en principio habrán 140 plazas para veleros pequeños y medianos.
De momento tenemos plazo para quedarnos hasta Septiembre
En mi caso no tengo motor y la pala del timón no responde así que me es muy complicado irme. El barco está en venta pero me temo que no será fácil. E imagino que cuando la nueva Marina funcione subirán los precios una barbaridad y tampoco podré quedarme.

El contrato es de alquiler y lo voy pagando mensualmente, ahora ya no permiten pagos anuales. Mis preguntas son: ¿Estoy obligada a irme, aunque la marina lo comunique legalmente por carta con 2 meses de antelación? Aun no lo ha hecho ¿Si tuviera que irme, ¿tengo derecho a indemnización? ¿En caso de tener que ser remolcada ¿quién pagaría el remolque? Y la última, si cuando llegue el momento no puedo irme porque no hay amarres en puertos cercanos y no puedo pagar la cantidad que exijan, que pasaría? Se pueden quedar el barco?
No se si algún Cofrade estará en la misma situación, espero que no. Muchas gracias de antemando
Se alquila la lamina de agua para el amarre de embarcaciones, y se entiende que las mismas se deben de mover, no están alquilando para crear un barrio flotante como en Holanda.

Las embarcaciones deben de estar en condiciones de navegación, aseguradas y con la Inspección al corriente (ITB), la falta de cualquiera de ellas puede dar lugar a la rescisión por incumplimiento de las condiciones contractuales al inquilino. lógicamente no da derecho a indemnización alguna.

Luego ante todo lo que expones, si el barco no tiene motor, no tiene ni gobierno, y no está en condiciones de navegar, tiene todos los números para que el contrato de amarre sea rescindido sin más.

Asi mismo en esas condiciones, dudo que ningún puerto acceda a admitir una embarcación en ese estado.

Los barcos vivienda se toleran, pero no quiere decir que sea un fin del puerto alquilar amarres para que se vivan en los barcos, así de entrada.

Si los barcos no reunen las condiciones de seguridad pueden provocar accidentes y molestias a los vecinos.

En cuanto a tu caso, lo mejor que puedes hacer es salir como puedas y sin demasiado ruido, si encuentras otro amarre, no se si te lo alquilaran "legalmente", pero si lo hacen, procura comentar lo menos posible las condiciones en las que se encuentra la embarcación.

No quiero pensar lo que puede ocurrir en caso de que se produzcan un accidente en un barco vecino y tu no puedas ni mover tu barco, puede ser un problema. haztelo mirar.....

Me imagino que la obligación de la concesionaria respecto a los actuales inquilinos es proporcionar otro amarre similar al que ocupan actualmente, en caso de que el contrato sea a largo plazo, si es mes a mes..... cuando quieran te lo rescinden, eso teniendo el barco en estado de revista, si encima el barco esta como comentas....... en cuanto se enteren....

Si eres solvente, pueden actuar contra tus bienes para deshacerse del barco si está en malas condiciones, siendo tú el responsable del desgüace si ha lugar al mismo.

Espero haber servido de ayuda.

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