Hola a todos.
Respondiendo a la pregunta del compadre Doramas, en mi opinión, sí se puede navegar en un barco con bandera británica y título español; parece evidente, pues si yo alquilo un barco con bandera británica para navegar en Inglaterra (o en España, que también hay barcos de charter con esa bandera) está claro que no voy a sacarme el Y.M. También sirve el argumento inverso: p.e. Si un inglés o u ruso o un habitante de la " conchimbaba" alquila un barco en Mallorca de bandera alemana, es evidente que podrá navegar con el título de su país, sobre todo si es un país comunitario. Hay un listado con las equivalencias de los títulos europeos publicado por la autoridad competente que, entre otros, manejan las empresas de charter para efectos legales y de cobertura de seguros.
Saludos y mucha cerveza para la caló.

