Re: Examen PER Junio 2013. Andalucía - alegaciones
Es una pregunta interesante pues intervienen a mi juicio varias reglas: 17, 18 y posiblemente la regla 7.
En primer lugar hay que tener presente que la información facilitada en el enunciado de la pregunta sobre la situación de vuelta encontrada, la regla 14 no es de aplicación pues esta regla claramente específica que su ámbito de aplicación es entre embarcaciones de propulsión mecánica.
Según la regla 18 es la embarcación de propulsión mecánica quien tiene la obligación de apartarse de la derrota del velero. Por tanto no hay ninguna duda de quien debe maniobrar.
La cuestión es a que banda debe caer para evitar el abordaje. Como ya indique antes no es de aplicación la regla 14 y por tanto la embarcación de propulsión mecánica no esta obligada a caer solamente a banda estribor. También la regla 18 establece en su apartado a): “Los buques de propulsión mecánicaen navegación, se mantendrán apartados de la derrota……” es decir no “obliga” a caer a una determinada banda.
Por tanto a mi juicio la respuesta correcta es la B. La respuesta C no puede ser porque ofrece la posibilidad al Velero de una u otra maniobra: mantener rumbo o caer a estribor y tanto la mencionada regla 18 como la 17 no lo contempla.
Hay un posibilidad, pero a mi juicio muy pequeña para una reclamación. Argumentar que también se podría considerar la regla 17 en su apartado a) II: “No obstante, este otro buque puede actuar para evitar el abordaje con su propia maniobra, tan pronto como le resulte evidente que el buque que debería apartarse no está actuando en a forma preceptuada por este Reglamento” Hay que decir que el enunciado no indica nada al respecto y por tanto la posibilidad de que acepten es muy pequeña tal como indica Guillermo.
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