Si puedes registrar pero estás igualmente obligado a llevar todo el material de seguridad a bordo.
Para que entiendas la diferencia entre registro y matricula te recomiendo que leas este hilo:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=108247
Con respecto al impuesto especial sobre determinados medios de transporte, es un impuesto que se aplica a las embarcaciones con eslora de flotación/ISO/homologación a partir de los 8m, por lo cual la eslora que comentas no está sujeta.
Lo puedes tramitar por telematicamente:
https://www2.agenciatributaria.gob.e.../ie2v060i.html
También lo podrás hacer presencialmente en cualquier Agencia Tributaria:
http://www.agenciatributaria.es/stat...od06_mi_MI.pdf
Las instrucciones para cumplimentar el Modelo 06 son las siguientes:
http://www.agenciatributaria.es/stat...lo06_es_es.pdf
Fuente:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...odelo_06.shtml
