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Antiguo 07-11-2007, 22:28
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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Curiosidad sobre Certificado de Navegabilidad

Cita:
Originalmente publicado por Vagamares Ver mensaje
Buenos días.

Aprovechando que tengo que sacar un nuevo certificado de navegabilidad para que mi nueva VHF con DSC no esté en la clandestinidad, he bajado la zona de navegación a la 4. Solo es curiosidad, ya que me va a empezar a preocupar cada vez menos cumplir exaustivamente con la normativa...

- Ya no tengo necesidad de llevar la balsa salvavidas, pero si la llevo... debe estar homologada y con la revisión pasada?

- Y si compro una radiobaliza, lo mismo?

Saludos.

Vagamares.
Sí.

Sí.

Orden FOM/1144/2003

Artículo 6.3:

"Las balsas asignadas a una embarcación ya matriculada con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden y que así conste en su Certificado de Navegabilidad, podrán permanecer a bordo de dicha embarcación, aunque no cumplan con alguno de los requisitos anteriores, siempre y cuando estén en buen estado y hayan pasado las revisiones preceptivas."

Disposición transitoria única:

"Las embarcaciones de recreo matriculadas deberán completar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Orden, los elementos de seguridad que lleven a bordo con los demás que resulten obligatorios de acuerdo con lo establecido en la misma. Para los equipos relacionados en el Capítulo V, el plazo será de nueve meses"

Y desde mi punto de vista, esto está cargado de lógica. Pues la presencia de un medio de salvamento o de seguridad aparentemente "en orden" pero que no lo está, puede suponer un mayor riesgo -si se intenta usar- que si simplemente no estuviera.

Salutem
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