Cita:
Originalmente publicado por Fazer1000
El PY iguala y supera las atribuciones del PER, y a su vez el CY las de ambos. Por tanto, no es necesario renovar el PER si tienes PY o el PER o PY si eres CY.
Ahora bien, si te molan las tasas y las singladuras burocráticas, seguramente puedas.
Suerte! 
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Como no me gustan ni las tasas ni las singladuras burocraticas, por eso he dejado morir el PER