Cita:
Originalmente publicado por Akakus
Pero, ¿cómo actuar en el caso de que nos pidan algo que no sea obligatorio según nuestro pabellón? Por ejemplo, navego bajo bandera belga y el agente, después de comprobar la documentación, me pide el certificado de revisión anual de la balsa, que obviamente no tengo. Me parece que no se va a tomar muy bien que le dé una lección de legislación náutica de recreo belga. Y en el caso que que en algún aspecto mi barco no cumpla la legislación belga (por ejemplo, si es un velero y no llevo velas  ), ¿puede denunciarme? ¿a quién?
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El tema no es tanto lo que haga el agente, que puede -debe- denunciar siempre que crea que hay una infraccion. Y, desgraciadamente, seguro que nos vamos a topar con agentes ignorantes que crean que pueden revisar el cumplimiento de requisitos que no son exigibles a otros pabellones (al menos hasta que se normalice el hecho de que residentes naveguen con barcos de otros pabellones, que ahora es muy novedoso, y se vayan asumiendo las implicaciones que ello conlleva).
El tema, entonces, es ver como reacciona la seccion de infracciones de la capitania de turno. A ver si el funcionario esta al tanto de la legislacion y, por tanto, sabe que la denuncia no tiene sentido y la tira a la papelera o si, por el contrario, es tan ignorante como el agente e instruye un expediente sancionador.
Por eso seria interesante ver la resolucion de la que habla Barnic, que es exactamente el caso que tu planteas (cambiando revision de la balsa por comprobacion de las bengalas).