Volviendo al tema de entrada, el otro día mirando por el salón la posibilidad de comprarme un barquito nuevo, más pequeño, para sustituir a mi viejo amigo ( no creo que lo haga, me siento ingrato después de las satisfacciones que me ha dado, pero esa es otra cuestión), un vendedor al que planteé una segunda factura para incluir los extras y pagar por ellos solo el 16% del Iva me comentó que era factible, pero que la Administración Tributaria consideraba que formaba parte del precio total (y, por tanto, pagaba también el 12 % de matriculación) todo accesorio que el barco tuviera o se facturara dentro de los tres meses siguientes a la matriculación. En la legislación de dicho impuesto (que tampoco he estudiado a fondo) no he visto nada sobre este plazo y pienso que debe ser una práctica de la inspeción para evitar "fraudes". Otra cosa es que sea probable que te inspeccionen.
