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Antiguo 11-11-2007, 14:05
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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Renovación certificado o escribir no solo para quejarse

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Originalmente publicado por Solera-jcoc Ver mensaje
Pues eso, que como estoy gratamente sorprendido, pues lo cuento.

Me tocaba renovar el certificado de navegabilidad y además pretendía aprovechar para pasar de zona 3 a zona 2.

Desde la renovación anterior había cambiado la emisora por una DSC (no es clase A) e instalado la radiobaliza. El nº MMSI lo había pedido cuando instalé la emisora directamente en DGMM y yo mismo lo había programado en el equipo. Cuando compré la radiobaliza (La Tienda del Navegante) les dí el MMSI y cuando la recibí ya venía programada.

Tras hacer la inspección en Pto. Sherry y con los informes correspondientes del inspector (que iba a ayudar, no a joder) favorables a la renovación y al cambio de zona, me voy esta mañana a Capitanía (Sevilla) y SOBRE LA MARCHA me han hecho el nuevo certificado ya para zona 2. Total una media hora.

Con la emisora solo han mirado que era DSC y estaba homologada.

Sí han hecho constar en observaciones que a partir de 1 de enero tengo que llevar o transpondedor de radar o VHF prtátil para GMDSS ( no vale la emisora portatil que llevamos muchos).

Para celebrarlo, ahí va una ronda
Pues lamento informarte (bueno, tú estarás contento) de que mi compañero se ha equivocado, pues el equipo VHF para zona 2 debe cumplir con las prescripciones funcionales del R.D. 809/1999, es decir, ser de clase A o clase B.

Pego el artículo del R.D. 1185/2006 que así lo establece:

Artículo 52. Reglas de funcionamiento de equipos e instalaciones radioeléctricas.

...

3. Todos los equipos radioeléctricos, antenas y restantes elementos que formen parte de ellos y que, obligatoriamente deban instalarse en un buque al que se aplique este capítulo, cumplirán los siguientes requisitos:

a) Los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento obligatorios en los buques de recreo de las zonas de navegación 1 y 2, en los buques de carga y de servicios de puerto de la clase T, en todos los buques de pesca de litoral, altura y gran altura, y en todos los buques de pasaje, deberán cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, y disponer del marcado de conformidad reproducido en su anexo C.

Por lo que es bastante probable que tengas problemas en el futuro...

Salutem.
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