Cita:
Originalmente publicado por Solera-jcoc
Pues eso, que como estoy gratamente sorprendido, pues lo cuento.
Me tocaba renovar el certificado de navegabilidad y además pretendía aprovechar para pasar de zona 3 a zona 2.
Desde la renovación anterior había cambiado la emisora por una DSC (no es clase A) e instalado la radiobaliza. El nº MMSI lo había pedido cuando instalé la emisora directamente en DGMM y yo mismo lo había programado en el equipo. Cuando compré la radiobaliza (La Tienda del Navegante) les dí el MMSI y cuando la recibí ya venía programada.
Tras hacer la inspección en Pto. Sherry y con los informes correspondientes del inspector (que iba a ayudar, no a joder) favorables a la renovación y al cambio de zona, me voy esta mañana a Capitanía (Sevilla) y SOBRE LA MARCHA me han hecho el nuevo certificado ya para zona 2. Total una media hora.
Con la emisora solo han mirado que era DSC y estaba homologada.
Sí han hecho constar en observaciones que a partir de 1 de enero tengo que llevar o transpondedor de radar o VHF prtátil para GMDSS ( no vale la emisora portatil que llevamos muchos).
Para celebrarlo, ahí va una ronda 
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Pues lamento informarte (bueno, tú estarás contento) de que mi compañero se ha equivocado, pues el equipo VHF para zona 2 debe cumplir con las prescripciones funcionales del R.D. 809/1999, es decir, ser de clase A o clase B.
Pego el artículo del R.D. 1185/2006 que así lo establece:
Artículo 52. Reglas de funcionamiento de equipos e instalaciones radioeléctricas.
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3. Todos los equipos radioeléctricos, antenas y restantes elementos que formen parte de ellos y que, obligatoriamente deban instalarse en un buque al que se aplique este capítulo, cumplirán los siguientes requisitos:
a) Los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento obligatorios en los buques de recreo de las zonas de navegación 1 y 2, en los buques de carga y de servicios de puerto de la clase T, en todos los buques de pesca de litoral, altura y gran altura, y en todos los buques de pasaje, deberán cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, y disponer del marcado de conformidad reproducido en su anexo C.
Por lo que es bastante probable que tengas problemas en el futuro...
Salutem.