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Originalmente publicado por bote-gin
Hola,
Pero en base a que denuncias?
Si te pasa el típico con la moto de agua a todo, a 20 metros: incumple alguna ley?
Si uno haciendo wake o esquí te pasa rozando, es ilegal acaso? Lo digo porque me lo han hecho 1000 veces no sabia que tenia ningún derecho salvo quejarme!
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En respuesta a tus preguntas, Está prohibido navegar a 400 m de una playa o costa, solo se puede hacer de forma perpendicular a la costa si es necesario, pero con el motor al mínimo de revoluciones.
El esqui, skysurf, windsurf.... etc también tiene que realizarse a 400 m de la costa. En canales de navegacion y en las bocanas e interior de un puerto la velocidad debe de ser de 3 nudos como máximo..... Etc.
Debemos conocer la ley y velar por su cumplimiento. El mar está para general disfrute y esparcimiento, pero no para que unos cuantos hagan de el su territorio "particular" fuera de la ley. Hecho este que además puede resultar muy peligroso.
Normalmente deberia ser suficiente con llamar la atención al infractor, pero para los casos imposibles, refractarios y reincidentes, podemos optar por la denuncia aportando alguna prueba gráfica ante capitania marítima. Ellos analizan el caso y si lo consideran delito flagrante actúan en consecuencia.
Saludos

