Cita:
Originalmente publicado por ASINE
"... no serán aplicables a los transportes de mercancías peligrosas efectuados por particulares .............. y destinadas a su uso personal o doméstico o a actividades de ocio o deportivas a condición de que se tomen medidas para impedir cualquier fuga ...."
"Cuando estas mercancías sean líquidos inflamables transportadas en recipientes rellenables llenador por, o para un particular, la cantidad no sobrepasará los 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte" (el coche vamos)..."
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All cofrade Alsine hay que agradecerle que pusiera los puntos sobre las ies, y aclarase que la normativa no se aplica a particulares para uso doméstico o deportivo. Todo lo demás es liarla sin necesidad.
En todo caso, y al margen de la normativa es importante que los propios usuarios tengamos cuidado extremo con los famosos bidones rojos que a veces no cierran, o que se llenan en exceso no dejando espacio para los vapores y la dilatación y pueden romper dentro del maletero.


