Cita:
Originalmente publicado por Asen
si el fueraborda es nuevo:
- factura
- certificado del importador
- declaración de conformidad CEE
- despacho aduanero
si es de segunda mano, y te lo vende un particular:
- certificado de libre disposición
- contrato de compra-venta
En cualquier caso, también te hará falta el resguardo de haber pagado las tasas pertinentes para que en capitanía o en tu Distrito Marítimo te tramiten el papeleo 
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Exactamente así. Lo único que ha cambiado ultimamente según me informaron en la Capitanía de Palma es que ahora los motores fueraborda no es necesario que figuren en la hoja de asiento de la embarcación, con lo cual lo único que necesitas son los documentos que acrediten que el motor es de tu propiedad.