Una ronda de mi parte... y al grano.
¿Es posible legalmente utilizar el mismo fueraborda en dos embarcaciones?.
¿Hay alguna fórmula?
Sean dos barcos A y B

La idea sería tenerlo colocado con normalidad en la embarcación A (usando solo la embarcación A) y ocasionalmente, para ciertos fines de semana o vacaciones, ponérselo a la embarcación B (y usar solo la embarcación B)
Ambos barcos del mismo propietario.
Los problemas de instalación física serían pequeños, pues es un fueraborda de poca potencia. Descolgarlo de un barco y colgarlo en el otro, cambiar de barco el depósito, y listo.
La lógica dice que no hay problema, pero los intrincados senderos de la administración quizás digan lo contrario.

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Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas.
(José Saramago. El cuento de la isla desconocida)