Re: Certificado de Navegabilidad
Esta es la respuesta que he recibido del Ministerio de Fomento. Les he sugerido que la incorporen a su página web.
Saludos
Para embarcaciones menores a 12 metros de eslora, como es la de la consulta, si disponen de marcado CE (con su correspondiente declaración de conformidad), no hay obligación a matricularlas o abanderarlas, pero sí deben inscribirlas y les dan un certificado de inscripción, que es parecido al certificado de navegabilidad.
Por lo que tendrá que llevar o uno u otro.
Un saludo
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