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Antiguo 13-11-2007, 15:10
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Alquiler anual de barco

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Originalmente publicado por madrugon Ver mensaje
Un pequeño matiz, creo recordar que la ley hace referencia a más de 90 dias en un periodo de doce meses.

con lo que una vez hayas consumido tus 90 dias de alquiler, deberias esperarte doce meses, para volver a alquilar, independientemente del año natural.
Efectivamente, la ley hace referencia a un maximo de 90 dias al año, pero la cuenta no es exactamente como dices.

Una vez has consumido tus 90 dias tienes que ir descontando los dias que "van caducando" (es decir, los que ya no entran en el calculo porque ya hace mas de 12 meses) y añadir los nuevos dias que vas navegando.

A ver si me se explicar: si contamos un periodo de 12 meses del 1 de julio de 2006 al 30 de junio de 2007; y cada mes usaste el barco exactamente 7 dias (total 84 dias); entonces en julio de 2007 podrias usar el barco como mucho 13 dias (la suma de los 6 dias de margen que te quedaban hasta 90 mas los 7 que "caducan" de julio de 2006). Pero hay que contar siempre que de fecha a fecha no excedas de 90 dias. Es decir, que si en julio de 2006 habias navegado la ultima semana del mes y en julio de 2007 navegas la primera,.. ¡cagada pastoret! Porque si haces la cuenta a 15 de julio (por ejemplo) sumaras los 84 dias del año anterior (porque la ultima semana de julio'06 todavia no ha "caducado") mas la primera semana de julio'07. Resultado 91 dias navegados! (Te pasas de los 90 permitidos).

Saludos y una ronda para todos
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