Quiero ver cómo se concreta esto:
- Se contempla la posibilidad de que los títulos naúticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan facultar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo. No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.
Hasta ahora no habían llegado rumores de esto y los detalles son nulos... Parece conejo sacado de la chistera. Veremos
