"5.2. En los canales, accesos e interior de las dársenas portuarias,
inmediaciones de los muelles y pasos angostos, las embarcaciones
menores deberán evitar en todo momento
situaciones comprometidas
con los buques, que por su tamaño o características
pudieran tener restringida su maniobrabilidad.
......
5.4. A los efectos previstos en el Reglamento de abordajes,
especialmente lo contemplado en su artículo 9, los canales de entrada
y salida de los puertos y el cauce de la Ría de Bilbao tienen la
consideración de canales angostos."
Yo creo que en el caso del video, aunque hubiese verdaderamente 150 mts., hay un situación comprometida para la navegación a vela. Hay que pensar que ante cualquier desvente o incidencia el práctico no está viendo al velero, y casi seguro que el radar tampoco lo muestra al taparlo el propio casco del mercante. Incluso me da la impresión de que el remolcador está frenando al mercante, y que pasado el velero, navega a la velocidad que requiere el estado de viento, marea y atraque.
Pero es mi impresión. Solo lo saben los que estaban en el puente, y , por supuesto, Control de tráfico. Dudo que en ese momento lo pasaran como incidencia, porque no es in-habitual; pero ahora, gracias al fotógrafo de prensa, supongo que sí se haya abierto expediente.
Con respecto a la vela ligera, creo que no está prohibido, pero tienen que ajustarse al Plan de seguridad concreto con que cuente la Escuela, que estará presentado y aprobado por Capitanía de Bilbao.
