Re: Soluciones de PER Murcia 24 de noviembre
Difiero también en la 42 pues la licencia de estación de barco LEB sera expedida por la Dirección General de la Marina Mercante y no por Salvamento Marítimo y Estaciones Costeras Nacionales.
Las licencias de estación de barco deben ser solicitadas a la Dirección General de la Marina Mercante para buques iguales o mayores a 24 metros, y a las Capitanías Marítimas cuando se trate de buques menores de esta eslora.
Y no menciona Salvamento Marítimo.
Saludos.
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