A mi (PY) me sobran los 20 metros y 100 millas de atribución.
Al final el CY se convierte definitivamente en una cuestión romántica.
Pero mira, esto si me ha gustado:
Cita:
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- Para dar respuesta al movimiento que ha habido de embarcaciones abanderadas en España y que ahora han optado por abanderarse en otros países vecinos (como el registro belga especialmente), la propuesta de Orden Ministerial establece que toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas españolas deberán estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. En este sentido, se exigirá la titulación correspondiente al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación; en su defecto la de la nacionalidad de la persona o, en último caso, la española correspondiente. De esta forma, quedan resueltas todas las dudas que surgían en relación a este vacío legislativo.
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El problema "Belga" es quitarse de un plumazo las ITBS y tonterías complementarias, especialmente en lo referente a homologaciones y revisiones y baterías de 400 euros. Pero en cuestión de titulación no veo mal que se exija. Otra cosa es que realmente la práctica (experiencia) no se esté valorando, y eso es más problema de seguridad que cualquier otra exigencia, sobre todo en verano, y sobre todo en los lugares habituales de peregrinación.
