Cita:
Originalmente publicado por North Side
El que haya redactado la pregunta, al ver que esas definiciones estaban en el "REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles", ha decidido incluirla en el apartado de Radiocomunicaciones, pero obviamente es de legislación.
Pero yo no veo confusión alguna, al menos con las respuestas C y D, ya que pone: "navegación en la cual la embarcación no se aleje más de X millas de un abrigo o playa accesible", y a parte de que no es la definición correcta de la zona, en la zona 4 la embarcación si que puede alejarse mas.
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No conozco la redacción exacta, he tomado por buena esta que han colgado:
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43- "Zona de navegación 4"
(Lo primero que piensas es como se han currado la pregunta y luego te pones a ver las opciones)
A-linea paralela 12 millas
B-linea paralela a 12 millas
C-A 8 millas de la playa
D-A 5 millas de la
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evidentemente si la redacción es la que tú pones no existe error.
Saludos
Guillermo