Discusión: NuevaLegislacion
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Antiguo 02-12-2013, 20:41
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Predeterminado Re: NuevaLegislacion

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Originalmente publicado por robertakis Ver mensaje
No entiendo este parrafo:
exigirá la titulación correspondiente al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación;en su defecto la de la nacionalidad de la persona o, en último caso, la española correspondiente..
¿cuando se aplica "en su defecto"? ¿Cuando no tenga pabellon la embarcación?.
¿Esto es posible?
Yo entiendo, que si el país en el que el barco está abanderado no exige titulación, en su defecto, quiere decir que pedirán el titulo del país de nacionalidad del patrón o el titulo que se requiere en España.
Un saludos
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