Cita:
Originalmente publicado por chukel
Pues en la mía consta mi nombre como titular.
Así, por aplicación del art. 7 apartados 3 y 4 del Reglamento, cuando se transmite la propiedad del barco hay que expedir una nueva licencia.
Que no hacerlo no tenga consecuencias o que la norma no tenga sentido porque la estación es del barco es otra cosa...
Un saludo
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Muy probable que sea como tu dices, que si no se cambia no pase 'nada'.