Se bienvenido
Sobre la compra, resumiendo un poco lo que te han dicho: en puridad de conceptos es imposible comprar un amarre por la sencilla razón de que los puertos son dominio público y pertenecen al pueblo español. No al Gobierno, ni al Estado, ni al Ayuntamiento, ni a la Comunidad Autónoma: pertenecen al pueblo español como las calles, las canteras, las playas u otras cosas. Ahora no tengo ganas de mirar el Código Civil para copiar la lista completa.
Vale, los que en este momento se esten

o estén

o quieran avisar a urgencias que se calmen y sigan leyendo.
A lo que iba, no se puede comprar un punto como no se puede comprar un trozo de calle. Lo que si se puede tener es la concesión de uso particular de parte del dominio público. Es lo que tienen los quioscos de la calle o los que "son dueños" de un punto de amarre. Y ese derecho es por un tiempo determinado y con unas condiciones determinadas. Puede ser para uso propio o para explotarlo cediéndolo a terceros mediante precio.
Por lo tanto, lo que puedes adquirir es el derecho en las condiciones que lo tiene el titular actual y por el tiempo que le quede a él. Y cuidado con esas condiciones: si es para uso propio en buena ley no se puede alquilar.
Y ahora, ¿merece la pena adquirir el derecho? Pues como todo, depende de lo que cueste, de lo que lo necesites y de las ganas que tengas de tenerlo. La tranquilidad de saber que puedes amarrar el barco en un sitio los próximos veinte años tiene un valor, como bien te han dicho.
Como inversión parece un poco arriesgado, ya que en caso de crisis económica lo lógico es que este mercado sea de los primeros que se resientan.
Para acabar de liarte te aseguro que si pudiera echar cinco años atrás hubiera comprado el derecho a veinte o treinta puntos en algunos puertos y hace un año que sería inmensamente rico. Claro que a rabo levantado es fácil decir: "macho".