Re: Compra de barco de segunda mano en Francia
Técnicamente, tienes la obligación de pagar el ITP por residir donde resides, no por comprar donde compres. Buscad la información en la AEAT.
En la práctica, quien te obliga a pagarlo es la capitanía como requisito para poner el barco a tu nombre. Por lo tanto, al no pasar por capitanía, nadie te obligará a pagar el ITP. Eso no cambia que sigues estando obligado. Aún cabe la posibilidad de que la GC o Aduanas lo pida (desconozco si lo hacen o si tienen intención de hacerlo en el futuro), tal como comprueban el IVA en Canarias.
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