Bos días
Bueno parece mentira que en un foro náutico donde se supone que conocemos la legislación marítima nos cuelen semejantes milongas.
"Ni Ayuntamineto ni Generalitat se han manifestado". Pues claro, está en el mar, competencia exclusiva del Gobierno de España

, donde no se otorgan títulos de propiedad

, sino tan sólo concesiones por un período de tiempo (30 años máximo en la costa)

.
No se pueden vender parcelas en terrenos pertenecientes al dominio público marítimo terrestre (puertos, marinas, amarres, islas artificiales, plataformas...) sino sólo derechos de uso por un período determinado.
Conclusión, te dejas un riñón para pagar por adelantado el alquiler de 30 años (exactamente igual que un amarre)
Saúdos