Yo he entendido que se pedirá la titulación obligatoria en el país de abanderamiento o la correspondiente a la de la nacionalidad del patrón.
Entiendo que si en el país de abanderamiento no se exige titulación, pues eso, no hace falta.
Eso si, ojo con el seguro. Yo no estoy despachado y mi barco así lo tiene especificado en el seguro, con un máximo de 200 millas desde la costa, pero dentro de las limitaciones de mi titulación.
