Re: ITB Falsificada. AYUDA
Buenos dias STICKMAN.
Permiteme que te responda por el hilo para que al mismo tiempo sirva a quien le pueda interesar.
Al contrario de la opinion de mucha gente que opina que la nautica de recreo es "especial" y nada se le parece a esta actividad economica, ya te digo que esto es mas de lo mismo, tanto que es perfectamente comparable a cualquier otra actividad, incluso es mas liviana que cualquier actividad economica relacionada con la energia y el medio ambiente.
Esta actividad esta regulada por el RD 1434/1999 del 10 de Septiembre, pon esto en el buscador y te saldra automaticamente, es un documento publico.
En este RD se regula todo, desde la puesta en marcha de una embarcacion nueva pasando por su mantenimiento (inspeccionnes) hasta como y que tienen que cumplir todas las partes implicadas, propietario, OCA´s etc...
A PARTIR DE AQUI, TODO DEBES CONSENSUARLO CON TU ABOGADO.
En tu caso, que ya tienes sentencia de juzgado civil, tienes que presentar denuncia por via contencioso administrativa, para que el juez, reglamento en mano, aplique y sentencia en base a este, (el RD regula los actos sancionables y las cuantias o cacciones contra el sancionado).
Siendo la sentencia favorable a ti, a esta empresa y su inspector solo le aera una sancion economica, pero tranqui, porque siendo a si, esa sentencia tambien invalidara esa inspeccion y eso es lo que te servira para irte al juzgado de lo civil a pedir las oportunas reparaciones y los daños y perjuicios producidos por dicha actuacion.
Para que esto te salga bien, y ya que tienes realizadas las oportunas reparaciones, supongo que tentras facturas de ellas, haces lo siguiente:
Le pides a la empresa/as que te lo repararon un informe relacionado a la factura de las reparaciones efectuadas, basicamente, que se encontraron y como repararon, no es necesario mentir ni exagerar, si tienes fotos al detalle ya seria la ost..a.
Consigue el informe de capitania del puerto donde testimonia que el barco no fue sacado del agua.
Aporta copia de las fotos que tu proporcionaste al inspector.
Como no conozco el caso en profundidad, todo aquello que ponga en entredicho la actuacion del inspector, en este punto y sin llegar a mentir, no omitas nada por insignificante que te parezca.
Como creo que tu no solicitaste la intervencion del inspector, exponlo en el caso, podria salir a la luz un vinculo pohibido y tipificado en este RD.
Si tienes todo esto, lo tienes ganado, si solo tienes parte, sera jugartela un poco, eso lo decidiras tu.
Como te apunte antes, esto debes verlo con tu abogado, ya que es el quien conoce la ley procesal y tiene perfecto conocimiento de la situacion en la que esta en este momento para la realizacion de recursos.
En cuanto a los capullos que se mofan de ti en el puerto, les plantas un pino en su amarre y de dejas un cartelito cachondo del tipo "lo que sientes tu ahora, es lo que se siente cuando te emmierdan el camino y encima tienes que limpiarla tu", ya se que es impropio de una persona madura con un minimo de cultura, pero alivia que no veas, en ultimo caso, yo me cambiaria de puerto aunque sea solo para no hacerme mala sangre, y como te han aconsejado por aqui, navega, disfrutalo, pues esa es la verdadera rentabilidad de tu inversion.
Un saludo, y por aqui ando
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