Cita:
Originalmente publicado por kuovadix
Es más, en el papel en que informan de la concesión dice, que los aparatos radioeléctricos solo se pueden utilizar con un certificado de operador de estación naviera (con lo que el título español es válido perfectamente, ya que sólo piden certificado no título que el concepto es distinto). Sólo en el caso de aparatos que tengan el sistema GMDSS se tiene que tener el certificado SRC/GMDSS 
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Vamos a ver, creo que no te queda claro.
No vale el PER, ni el PY, ni tampoco el Capitan de Yate. (aunque el Gobierno de España quiera ponerlo de forma a-legal en aguas Españolas)
El Gobierno de España no registra los Barcos de Recreo en la ITU. ¿Porque?
http://www.itu.int/online/mms/mars/ship_search.sh#start
mi barco aparecerá dentro de poco en la ITU (suelen en darte de alta en 1 o 2 meses), y aparecen todos los Barcos Europeos.
El SRC/VHF/LRC y los titulos Nauticos te sirven para cualquier bandera perteneciente a la CE, menos España, Grecia y Portugal. p.e. Un titulo náutico francés sirve para manejar un Barco Alemán, creo entender.
España debería impartir en sus academias el SRC, VHF, y el LRC ¿porque no lo hace?
España va por libre.