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Antiguo 08-02-2014, 19:07
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El Quisqueyano
 
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Predeterminado Re: Aclaraciones Al Borrador De Nuevas Titulaciones Nauticas De Recreo

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Originalmente publicado por Iovis Ver mensaje
Muy interesante.

De lo que nadie habla, quizá por evidente aunque ya se verá, es que si un PER puede cruzar de la península a Baleares, lo podrá hacer con un barco habilitado para zona 4, que es la máxima que corresponde a esta titulación. Lo digo más que nada por cuestiones de equipamiento de seguridad (balsa, radio baliza, etc.) ya que para realizar esta travesía hay que alejarse bastante más de 12 millas de la costa. Igual por una vez se confía en el buen criterio del patrón para que se equipe como mejor considere, como ocurre en otros países del entorno (ya me extrañaría)

Y otra cuestión más: Se puede cruzar a Baleares desde muchos sitios, por ejemplo desde Barcelona a Menorca... ¿Se fijará por dónde realizar la travesía?

En fin, ya se irá viendo.

Un saludo.

Tabernero, unos carajillos para todos a mi cuenta.

¿La zona de navegación del barco va a venir condicionada por la titulación?

Creo que estás mezclando churras con merinas.

Una cosa es que el PER (actual) esté limitado a navegar a 12 millas, pero pueda llevar un barco de tamaño y motor adecuados habilitado para la zona que sea (3, 2 o 1) y otra, que el cambio de la normativa de títulos modifique inmediatamente la de seguridad de embarcaciones de recreo.

¡¡Ojala acabe así!! Esperemos que sea el siguiente paso.
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