Cita:
Originalmente publicado por abarlóate
tenia entendido que al ser bandera comunitaria, no hacia falta pagar impuestos en españa. si el barco venia de bandera española, el de matriculación no habria que pagarlo, no? hoy me han hablado de que hay que pagar la tasa 576, si se quiere tener mas de 6 meses en puerto español. es eso cierto?
 
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Si venía de bandera española con el IM pagado no tienes que volver a pagar.
