Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Si el dice que el código civil es la fuente de derecho aplicable a los barcos en mar territorial y ni siquiera conoce la ley 27/92 de puertos del estado y marina mercante....
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Lo he revisado por encima pero solo he encontrado la competencia del estado para abordar barcos realizar controles técnicos, radioeléctricos, de seguridad y de prevención de la contaminación...
¿Puedes ilustrarnos sobre la parte de la ley que aplica al caso que debatimos - necesidad o no de titulación de navegación reconocida para el patrón de un barco de bandera extranjera que transita por nuestras aguas jurisdiccionales?
Agradecido de antemano.
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"Todos deberíamos creer en algo... Yo creo que me voy a tomar otra."

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