
10-02-2014, 00:00
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Re: Bandera Marroquí
Cita:
Originalmente publicado por BadMan
Lo he revisado por encima pero solo he encontrado la competencia del estado para abordar barcos realizar controles técnicos, radioeléctricos, de seguridad y de prevención de la contaminación...
¿Puedes ilustrarnos sobre la parte de la ley que aplica al caso que debatimos - necesidad o no de titulación de navegación reconocida para el patrón de un barco de bandera extranjera que transita por nuestras aguas jurisdiccionales?
Agradecido de antemano.
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Por ejemplo el artículo 263 g) competencias del ministerio de fomento:
La ordenación y el control del tráfico marítimo en las aguas situadas en zonas en
las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, sin perjuicio de las
competencias que se atribuyan a otras autoridades, y específicamente las que
corresponden al Ministerio de Defensa para la salvaguarda de la soberanía nacional
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