Este tributo está cedido a las haciendas autonómicas, es decir, a liquidar el impuesto en la autonomía del sujeto pasivo, es decir el comprador. El tipo es el 4 % del valor de compra (p.ejemplo en Aragón han desaparecido las tablas de valoración) las tablas desconozco si se aplican en otras comunidades, pero mi embarcación por ejemplo no aparece en estas... con lo que a liquidar el impreso 620 (autoliquidación con el contrato de compraventa) sellito y a capitanía... allí a presentarlo junto con el certificado de navegabilidad, (con la itb en vigor o en su defecto la hojita del órgano inspector) el certificado de registro de buques, la hoja de asiento, Y EL SEGURO EN VIGOR. Se rellena el impreso de cambio de nombre y se pagan 12 euros de tasa y otros setenta y pico por la emisión del nuevo certificado de navegab. a tu nombre y chimpún. Creo que las tasas son esas hasta los 24 ms. Si en capitanía se dan caña, en una semana tienes todo... he oído de algunas que tardan meses... SUERTE
