Cita:
Originalmente publicado por papaventos
No lo olvidamos, porque los artículos que ha incluido el cofrade RMR2ENG en la respuesta inmediatamente anterior a la tuya corresponden a una versión del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, consolidada a 10 de febrero de 2014, por lo que ya están incluídos los incrementos a los que te refires:
"En 0,29 € para la cuantía básica correspondiente al servicio de ayudas a la navegación prestado por las Autoridades Portuarias (A) y 0,28 € para la cuantía básica correspondiente al servicio de ayudas a la navegación prestado por la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (C)". No vaya a ser que encime se incremente dos veces.
Saludos
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Sí, lo he visto, pero he hecho la puntualización para que quede claro que esta tasa acaba de ver modificado su hecho imponible y significativamente aumentada su cuantía.



salud!