Cita:
Originalmente publicado por bureba
Yo también me uno...
Tengo algunas dudas de la "legalidad" de la situación... Veamos, el barco está a nombre de dos personas, un residente francés y un servidor. el barco está amarrado en el país galo... Podría tener algún problema si me paran en nuestras aguas? Creo que no, pero no tengo la certeza.
El pabellón por supuesto francés... ninguna declaración de ningún tipo aquí... en su momento ya me dijeron que todo en orden, pero no tengo la seguridad de ello.
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En
mi opinión...
Como siempre, lo que debe preocupar o no en este caso, es el tener que pagar o no el famoso Impuesto de matriculación (Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, regulado en la Ley de Impuestos Especiales Ley 38/1992), que obligaría a pagar "...cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España". Lo que podría considerarse que sí se produce, si navegas en aguas españolas.
Más o menos y haciendo una lectura fácil de la famosa D.A. 1ª...
Desde luego,
si tiene 8 metros o menos, no preocuparse, pues no está sujeto al impuesto, al margen de que se puede presentar (en teoría al menos) el modelo 06 de declaración de no sujeción, lo que entiendo que sería una "formalidad" y para un poco más de tranquilidad y tener un papel a enseñara a la PGC o a Aduanas.

